Embarazo y maternidad: baja laboral

Todo lo que necesitas saber sobre la baja por maternidad: entre dudas y derechos

Cuando resulta embarazada y trabajas, uno de los primeros pensamientos más pragmáticos tras la prueba de embarazo se refiere a la gestión de la maternidad dentro del mundo laboral. Las normas relativas a la licencia de maternidad están en constante cambio pero todavía no parece haber llegado a "normalizar" el embarazo y la maternidad, haciéndolas condiciones absolutamente compatibles con la profesión y la continuación de una serena carrera laboral.

En Italia, a pesar de algunos avances en el bienestar, una prueba de embarazo positiva puede desencadenar consecuencias impredecibles en el lugar de trabajo. Llegando a conocerme perfectamente propios derechos y no tengas miedo de afirmarlas, es el primer paso para vivir serena y conscientemente la condición de madre trabajadora y también para ayudar a la sociedad y al mundo del trabajo a evolucionar, convirtiéndose finalmente en "civil".

¿Qué es la baja por maternidad?

También es llamado licencia de maternidad obligatoria y es un período de ausencia del trabajo (determinado por la ley en su duración, así como en su inicio-fin) pagado y reconocidos obligatoriamente antes y después del nacimiento del niño (y de la misma forma en el caso de adopción o acogimiento) a las madres trabajadoras.

La licencia de maternidad es obligatoria ya que es derecho no disponible. Un derecho indisponible es un derecho al que no se puede renunciar. En definitiva, aunque te encuentres bien y puedas seguir trabajando sin descanso hasta el día del nacimiento, estás legalmente obligado a quedarte en casa en algún momento. En lo que respecta a la situación italiana, la normativa relativa a la baja por maternidad no ha experimentado una evolución particular y alentadora en el sentido del norte de Europa, con algunas pequeñas excepciones (por ejemplo, la introducción de una suspensión de la baja por maternidad en caso de hospitalización del recién nacido).

Quién tiene derecho a la baja por maternidad

Ahora veamos quién puede beneficiarse del licencia de maternidad. Tienen derecho a cese: todos los trabajadores dependientes y parasubordinados, autónomos, que trabajen a domicilio, en agricultura, que tengan contrato de aprendizaje, colaboradoras de proyectos, mujeres desempleadas, socias trabajadoras en cooperativas, ayudantes a domicilio. Sin embargo, no todas estas categorías se benefician de la licencia de maternidad de la misma manera. De hecho, las diferencias son sustanciales y específicas y ponen de relieve cuántos pasos hacia adelante aún quedan por dar en este ámbito.

A veces las mujeres son no informado sobre sus derechos, especialmente si trabajan con contratos no canónicos o "nuevos". Por estas razones, es esencial informarse sobre cualquier objeción contractual relacionada con la situación profesional de una persona. En este caso, es recomendable contar con un organismo responsable (sindicato) o un experto en la materia.

Duración de la baja por maternidad

La baja por maternidad obligatoria dura para todo cinco meses pero se puede utilizar de diferentes formas. La mujer puede optar por quedarse en casa los dos meses anteriores a la fecha presunta de nacimiento (sumando también los días entre la fecha presunta y la fecha de vigencia) y los tres meses posteriores al nacimiento. O puede optar por trabajar hasta un mes antes de la fecha prevista del parto y quedarse en casa durante cuatro meses después del parto.

En este último caso, para que se pueda trabajar hasta el final del octavo mes de gestación, es necesario presentar un certificado médico que excluya la presencia de riesgos para la salud de la madre y / o del niño. Obviamente, si surgen imprevistos o enfermedades, se espera flexibilidad.

Casos especiales

También son varios los casos en los que la baja por maternidad sigue reglas distintas o cuando el embarazo o el parto presentan complicaciones o imprevistos. Por ejemplo, si el el parto es prematuro la madre también debe agregar a la licencia los días anteriores a la presunta fecha de nacimiento. Si el embarazo es mellizo, por otro lado, no se prevén cambios.

En caso de que ocurra una interrupción del embarazo después de 180 días desde el inicio de la gestación, la mujer tiene derecho a una licencia de maternidad completa (como si hubiera dado a luz) pero puede optar por volver al trabajo incluso antes de que hayan transcurrido cinco meses.

En caso de adopción o cuidado de crianza, los cinco meses previstos se utilizarán después de que el niño ingrese a la familia adoptiva o de crianza. Si la madre de acogida o la madre adoptiva tiene que ir al extranjero antes de que el niño ingrese a la familia para completar las prácticas relacionadas, este período se ubicará dentro de los cinco meses de la baja por maternidad.

Para aprovechar la baja por maternidad, es necesario presentar una solicitud al INPS y al empleador dentro de los dos meses anteriores a la fecha prevista de nacimiento. Te recordamos que en estos cinco meses de baja obligatoria, la mujer trabajadora recibe el salario completo.

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